Sobre las medidas que han sido adoptadas por el gobierno mexicano para superar los obstáculos existentes en la provisión de medidas 34. El Estado mexicano ha desarrollado esfuerzos significativos con la finalidad de atender de manera integral la situación derivada de los altos índices de desaparición forzada en el país, y superar los obstáculos existentes en la provisión de medidas de asistencia social y reparación adecuada a las víctimas directas e indirectas.
35. En ese sentido, se informa que la CNDH emitió un informe especial a fin de destacar la importancia de incorporar y fortalecer las acciones destinadas a erradicar la comisión de desapariciones forzadas en México. Dicho informe formuló 102 recomendaciones dirigidas a las siguientes autoridades:
• Secretaría de Gobernación;
• Cámara de Senadores;
• Cámara de Diputados;
• Gobiernos estatales;
• Jefatura de gobierno de la Ciudad de México;
• Procuraduría General de la República;
• Fiscalías Generales estatales y;
• Procuradurías Generales de Justicia estatales.
36. Las recomendaciones emitidas por la CNDH se clasificaron en las siguientes líneas de acción prioritaria:
• Legislación integral sobre desaparición forzada de personas;
• Registro de personas desaparecidas;
• Búsqueda, localización e investigación de personas desaparecidas;
• Acceso a la justicia;
• Medidas de protección;
• Reparación del daño y atención a víctimas directas e indirectas;
• Prevención del delito y de violaciones a derechos humanos;
• Identificación humana;
• Aceptación de la competencia del Comité contra la Desaparición Forzada, con mandato de Naciones Unidas y.
37. Cumplimiento de las 64 recomendaciones emitidas por los órganos del sistema universal (ONU) y el sistema regional (OEA).
38. Por lo que hace a la CEAV, el 3 de enero de 2017 se publicó una reforma a la Ley General de Víctimas, con el objetivo de flexibilizar los mecanismos de acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, y con ello fortalecer las medidas de ayuda inmediata, asistencia, atención y rehabilitación; necesarias para subsanar las necesidades diarias de las víctimas.
39. Posteriormente, el 26 de mayo de 2017, se publicaron los Lineamientos para el otorgamiento de medidas en materia de traslados y el 10 de agosto de 2017, se emitieron las Reglas de Operación para el Funcionamiento del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral.
40. En septiembre de 2016, se creó el Fondo de Emergencia para víctimas indirectas, situadas en el contexto de casos de desaparición en la República Mexicana.
41. Actualmente, el Modelo de Atención Integral a Víctimas de la CEAV se encuentra en proceso de reforma. Su finalidad es modificar su estructura para mejorar la atención integral a víctimas y cumplir con los objetivos y principios de la LGV.